¿Se pueden realizar actividades culturales o
religiosas en el hospital?
El Hospital reconoce el derecho de todo ser humano a creer y
practicar la religión de su preferencia y de tener sus
actividades culturales y religiosas, así como el respeto a
la privacidad y el derecho de abstenerse a participar en
actividades religiosas o culturales.
El Hospital ha establecido un Programa de Capellanía que
cuenta con un grupo ecuménico voluntario para satisfacer las
necesidades espirituales de los pacientes dando apoyo o
seguimiento espiritual dentro del ambiente hospitalario.
Si el paciente o su familiar solicita apoyo espiritual o la
intervención de un representante religioso, el Programa se
encargará de hacer los contactos pertinentes con el
representante correspondiente o solicitado, según el
protocolo establecido.
Los actos religiosos, oraciones o actividades culturales
dentro de las habitaciones de pacientes no deberán
interferir con el tratamiento, serán con total respeto a la
privacidad del otro paciente en la misma habitación y serán
en un ambiente de recogimiento para no interrumpir el
descanso del otro paciente.
Visitantes que deseen efectuar actos religiosos u oraciones
para un paciente hospitalizado en una habitación semi-privada
deben obtener el consentimiento previo del paciente que
comparte la habitación a través de la supervisora de
enfermería.
Se prohíbe la distribución de literatura o material
relacionado, al igual que el uso de instrumentos musicales.